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Nueva Sesión informativa: Convocatoria de ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social 2024-2025. Resolución de dudas y consultas

COMPASSS (dinamización)

Temática:

  • Financiación pública

Desde COMPASSS organizamos una nueva sesión informativa sobre la convocatoria de ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social 2024-2025 dirigida a las entidades sociales que estáis interesadas en presentaros. ¡Apunta la fecha del 6 de febrero de 16:00 a 17:00 horas e inscríbete!

Evento informativo para la resolución de dudas y consultas sobre la convocatoria de ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social 2024-2025 Modalidad: online (mediante inscripción) Fecha: 6 de febrero de 2024 de 16:00 a 17:00 horas.

En esta sesión contaremos con la presentación de la Fundación ONCE y la participación de la Secretaría de Estado de Economía Social del Ministerio de Trabajo y Economía Social para la resolución de dudas y consultas sobre la convocatoria.

 

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Dudas frecuentes de la convocatoria de ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social 2024-2025

DUDAS FRECUENTES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL PLAN INTEGRAL DE IMPULSO A LA ECONOMÍA SOCIAL 2024-2025

 

1. Por qué me puede interesar

  1. Estás en plazo

El plazo de presentación finaliza el 12 de febrero de 2024.

  1. Cuenta con un gran fondo presupuestario

La partida presupuestaria total es de 80.000.000€.

  1. Las cuantías de las ayudas son amplias y adaptadas a la magnitud de los proyectos

Las ayudas de esta convocatoria podrán financiar:

  • Hasta el 50% de los costes subvencionables en el caso de las PYMEs.
  • Hasta el 15 % de los costes subvencionables en el de las grandes empresas.

El importe de la ayuda para los proyectos no podrá ser inferior a 10.000€ ni superior a 3.500.000€ por proyecto.

  1. Seguro que a tu entidad le gustaría poner en marcha un proyecto que cumple con uno de los cinco programas de inversión de este plan.
  1. Proyectos de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional actual o previsible, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social, gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores.
  2. Proyectos de creación y consolidación de entidades del tejido productivo de la economía social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil y femenino.
  3. Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.
  4. Proyectos de promoción de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de economía social acompañada de medidas para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.
  5. Proyectos de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la economía social y focalizada en la atención de colectivos en situación de vulnerabilidad.

2. Qué tengo que saber antes de presentarme

  1. Entidades beneficiarias

Entidades definidas en el artículo 6 de la Orden TES/ 869/2023, de 22 de julio.

      A) Las Entidades de la Economía Social que realicen actuaciones en el ámbito nacional:

  • Cooperativas.
  • Mutualidades.
  • Fundaciones. Las fundaciones que no realicen actividades económicas no podrán ser beneficiarias de las ayudas.
  • Asociaciones que lleven a cabo actividad económica. Las Asociaciones que no realicen actividades económicas no podrán ser beneficiarias de las ayudas.
  • Sociedades laborales.
  • Las empresas de inserción.
  • Los centros especiales de empleo.
  • Las cofradías de pescadores.
  • Las sociedades agrarias de transformación.
  • Las Entidades singulares creadas por normas específicas que se rijan por los principios de la Economía Social.

      B) Las Entidades representativas de las anteriores.

      C) Además, estas ayudas se podrán dirigir a universidades públicas y privadas, centros de investigación, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, entidades de la Administración local y el Sector Público Institucional, cuando presente un proyecto en agrupación con una entidad de la Economía Social y/o entidades las representativas de las mismas.

Todas las entidades solicitantes deben tener domicilio fiscal en España.

Presta atención: Las asociaciones y fundaciones pueden presentarse siempre y cuando tengan actividad económica.
  1. Características de los proyectos

La convocatoria tiene un carácter incentivador.

  • No se puede presentar un proyecto ya iniciado. Los proyectos han de comenzar después del plazo de presentación del proyecto, es decir, a partir del 13 de febrero de 2024.
  • No se puede presentar un proyecto ya financiado con otras ayudas para idénticos objetivos y finalidad. Es incompatible la cofinanciación con otras ayudas de ámbito europeo, estatal, autonómico o local, con idénticos objetivos y finalidad, que haya recibido cualquiera de las entidades beneficiarias (incluidas todas las integrantes de una agrupación).

Es de carácter estatal.

  • El alcance del proyecto es superior al de una comunidad autónoma. Aunque la entidad beneficiaria sea territorial o de carácter estatal, deberá justificarse el impacto en más de una comunidad autónoma.
  1. Criterios de valoración
  • Valoración de la propuesta del proyecto:
    • Descripción clara y concreta del proyecto, los objetivos y la metodología del proyecto.
    • Especificación de los medios y recursos asignados a la ejecución del proyecto.
    • Indicadores correctamente formulados y suficientemente detallados.
    • Adecuación del coste del proyecto a las actividades planificada.
  • Aspectos de valor añadido:
    • Innovación del proyecto
    • Participación en el equipo promotor del proyecto:
      • Personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, personas en situación o riesgo de exclusión social o personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
      • Jóvenes menores de 35 años.
  • Contribución a la igualdad de género, a la conciliación, y/o a la reducción o eliminación tanto de estereotipos como de la segregación laboral.

3. Recomendaciones

  1. Esta convocatoria solo te financia un % del proyecto.

Asegúrate de contar con fondos suficientes para asumir el 100 % del proyecto que no dependan de otras ayudas para el mismo objetivo y finalidad.

  1. El % de la ayuda depende de si eres una PYME o una gran empresa.

Confirma si tu entidad o las entidades que os vais a unir como agrupación seréis consideradas como PYME o gran empresa. Esto va a determinar el % de financiación del proyecto.

  1. Una entidad territorial o una agrupación de entidades del mismo territorio puede presentarse si el proyecto tiene alcance en más de una comunidad autónoma.

Garantiza que sea considerado el impacto nacional de tu proyecto adjuntando cartas de apoyo de otras organizaciones participantes en el proyecto que justifiquen el impacto en otros territorios.

  1. Los proyectos deben tener carácter innovador y dar cumplimiento a los ODS 5, 8 y 10.

Alinea tu proyecto a la Agenda 2030 y vincula el proyecto a los nuevos yacimientos de empleo. ¡No olvides que puedes tener en cuenta las orientaciones para mejorar la innovación social en el diseño de los proyectos de COMPASSS!

Amplia la información sobre esta convocatoria y resuelve tus dudas participando en esta sesión informativa.

 

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